El PAHUAR cuenta con tres tipos de Asociados:
Actualmente el número total de asociados se cifra en unas 34.200 personas.
ASOCIADOS DE NÚMERO
Tendrán la consideración de Asociados de Número, con carácter obligatorio:
ASOCIADOS VOLUNTARIOS
Podrán adquirir esta condición, si así lo solicitan al Presidente del PAHUAR, los siguientes:
ASOCIADOS VITALICIOS
Son todos los Asociados de Número o Voluntarios que, estando al corriente del pago de sus cuotas, alcancen la edad de retiro establecida para el personal de las Fuerzas Armadas, conservando todos sus derechos y quedando liberados de la obligación de cotizar.
OBLIGACIONES DEL ASOCIADO
Los Asociados de Número y Voluntarios deberán abonar mensualmente la cuota correspondiente a su categoría, que actualmente se corresponde con el 1% del sueldo-base.
A aquellos Asociados que perciban sus haberes de organismos estatales le serán descontadas de sus nóminas correspondientes. En cualquier otro caso deberán ser abonadas a través de cuenta bancaria o por cualquier procedimiento que el asociado considere conveniente, pero en cualquier caso, será responsabilidad de cada asociado comprobar que está al corriente del pago de sus cuotas.
Los asociados que dejen de satisfacer sus cuotas durante más de 6 meses o los Asociados Voluntarios que soliciten la baja, perderán todos sus derechos y sin devolución de lo anteriormente abonado. Aquellos que con posterioridad deseen recuperar sus derechos deberán abonar la totalidad de la deuda contraída con un recargo del 25%.
Es preciso señalar que un Asociado de Número que cesa como tal por dejar la situación de servicio activo o reserva y no solicita ser Asociado Voluntario, pierde todos sus derechos, los que solo se podrán recuperar en caso de pasar de nuevo a la situación de activo o reserva, o bien en caso de solicitar ser Asociado Voluntario (en este caso deberá abonar la deuda contraída con el 25% de recargo).
Los Asociados Vitalicios podrán, voluntariamente, seguir contribuyendo al Patronato de Huérfanos con la cantidad que ellos fijen.
DERECHOS DE LOS ASOCIADOS
Cualquier asociado que esté al corriente de sus cuotas o haya alcanzado la consideración de Vitalicio, tendrá los siguientes derechos: